Técnico en Operación, Control y Mantenimiento de Máquinas e Instalaciones del Buque [derogado]
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Manejar, controlar y mantener el sistema de propulsión y los equipos e instalaciones del buque. Reparar elementos de los sistemas y equipos a flote. Organizar y controlar la seguridad y supervivencia a bordo.
Descripción
Este título fue sustituido por el de Técnico en Mantenimiento y Control de la Maquinaria de Buques y Embarcaciones (Real Decreto 1072/2012).
Identificación
Ciclo: Grado Medio
Denominación: Técnico en Operación, Control y Mantenimiento de Máquinas e Instalaciones del Buque
Unidades de competencia incluidas en este título:
- Verificar, controlar y mantener los parámetros de funcionamiento del motor principal y de las máquinas auxiliares.
- Manejar, controlar y mantener los equipos e instalaciones eléctricas.
- Manejar, controlar y mantener los equipos e instalaciones hidráulicas, neumáticas y equipos de automatización.
- Manejar, controlar y mantener los equipos e instalaciones frigoríficas, de extracción, de elaboración, de procesado y de conservación.
- Efectuar operaciones de reparación en elementos y equipos a flote y en seco.
- Organizar y controlar la seguridad, supervivencia y asistencia sanitaria a bordo.
Capacidades profesionales
a) | Organizar y dirigir las instalaciones de motores generadores de propulsión y servicios de máquinas en buques de potencia limitada. |
b) | Interpretar los parámetros de funcionamiento de las máquinas, motores y generadores eléctricos relacionados tanto con el sistema de propulsión como con los demás servicios auxiliares e instalaciones del buque. |
c) | Actuar con destreza en el manejo, mantenimiento, montaje y desmontaje de las máquinas, motores e instalaciones del buque. |
d) | Cuando la ocasión lo requiere, ejecutar las modificaciones necesarias que posibiliten dar continuidad a los sistemas en condiciones adecuadas hasta que sea posible una solución definitiva del problema. |
e) | En caso de emergencia, actuar con prontitud y destreza, aplicando el plan de seguridad y utilizando los medios disponibles en caso de emergencia. |
f) | Participar junto con los técnicos superiores (Jefes de Máquinas) e Inspectores en las pruebas, mejoras y ensayos que permitan un mejor aprovechamiento de la instalación, sin contradecir las especificaciones de diseño establecidas por normas. |
g) | Colaborar con el servicio central de mantenimiento de la casa armadora en los trabajos relacionados con su responsabilidad. |
h) | Poseer visión de conjunto del funcionamiento de los sistemas mecánicos y neumohidráulicos con todos los dispositivos y elementos eléctrico-electrónicos que intervienen en ellos. |
i) | Adaptarse a situaciones técnicas diversas que incluyan la movilidad laboral hacia otras actividades. |
j) | Mantener comunicaciones efectivas en el desarrollo de su trabajo y, en especial, en operaciones que exijan un elevado grado de coordinación entre los miembros del equipo que las acomete, interpretando órdenes e información, generando instrucciones claras con rapidez e informando y solicitando ayuda a los miembros que proceda del equipo cuando se produzcan contingencias en la operación. |
k) | Mantener relaciones fluidas con los miembros del grupo funcional en el que está integrado, colaborando en la consecución de los objetivos asignados al grupo, respetando el trabajo de los demás, participando activamente en la organización y desarrollo de tareas colectivas y cooperando en la superación de las dificultades que se presenten con una actitud tolerante hacia las ideas de los compañeros y subordinados. |
l) | Resolver problemas y tomar decisiones individuales siguiendo normas establecidas o precedentes, definidas dentro del ámbito de su competencia y consultando dichas decisiones cuando sus repercusiones económicas o de seguridad sean importantes. |
m) | Ejecutar un conjunto de acciones, de contenido politécnico y/o polifuncional, de forma autónoma en el marco de las técnicas propias de su profesión, bajo métodos establecidos. |
Formación
Módulos Profesionales de este ciclo formativo
Código | Denominación | Duración |
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Sin código | Operación y mantenimiento de los equipos de propulsión y servicios. | 165 horas |
Sin código | Instalaciones y máquinas eléctricas. | 165 horas |
Sin código | Automatización: regulación y control. | 165 horas |
Sin código | Operación y mantenimiento de los sistemas frigoríficos y de producción. | 160 horas |
Sin código | Operaciones auxiliares de mantenimiento industrial. | 305 horas |
Sin código | Seguridad, supervivencia y primeros auxilios en la mar. | 105 horas |
Sin código | Lengua extranjera (inglés). | 95 horas |
Sin código | Relaciones en el entorno de trabajo. | 65 horas |
Sin código | Formación y orientación laboral. | 65 horas |
Sin código | Formación en centros de trabajo | 710 horas |
Total: 2000 horas |
Convalidaciones entre módulos profesionales establecidos al amparo de la Ley Orgánica 1/1990 y los establecidos en el título de Técnico en Mantenimiento y Control de la Maquinaria de Buques y Embarcaciones, al amparo de la Ley Orgánica 2/2006
Módulos profesionales incluidos en Ciclos Formativos establecidos en LOGSE 1/1990 | Módulos profesionales del Ciclo Formativo (LOE 2/2006): Mantenimiento y Control de la Maquinaria de Buques y Embarcaciones |
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Operación y mantenimiento de los equipos de propulsión y servicios. | 1172. Mantenimiento de la planta propulsora y maquinaria auxiliar. 1177. Procedimientos de guardia de máquinas. |
Instalaciones y máquinas eléctricas. | 1175. Mantenimiento de las instalaciones y máquinas eléctricas en buques y embarcaciones. |
Automatización: regulación y control. | 1174. Regulación y mantenimiento de automatismos en buques y embarcaciones. |
Operación y mantenimiento de los sistemas frigoríficos y de producción. | 1176. Instalación y mantenimiento de maquinaria de frío y climatización en buques y embarcaciones. |
Operaciones auxiliares de mantenimiento industrial. | 1173. Procedimientos de mecanizado y soldadura en buques y embarcaciones. |
Seguridad, supervivencia y primeros auxilios en la mar. | 1032. Seguridad marítima.1033. Atención sanitaria a bordo. |
Lengua extranjera (inglés). | 0156. Inglés. |
Formación en centro de trabajo del título de Técnico en Operación, Control y Mantenimiento de Máquinas e Instalaciones del Buque. | 1180. Formación en centros de trabajo. |
Correspondencia de los módulos profesionales con las unidades de competencia para su acreditación
Módulos profesionales superados | Unidades de competencia acreditables |
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1172. Mantenimiento de la planta propulsora y maquinaria auxiliar 1177. Procedimientos de guardia de máquinas | UC0132_2. Mantener el motor térmico UC0133_2. Mantener los sistemas auxiliares del motor térmico. UC1835_2. Montar y mantener los sistemas de propulsión y gobierno, y equipos auxiliares de embarcaciones deportivas y de recreo. UC1836_2. Montar y mantener los sistemas de abastecimiento de fluidos y servicios de agua de embarcaciones deportivas y de recreo. UC1949_2. Verificar y mantener los parámetros de funcionamiento de la planta propulsora del buque y sus máquinas auxiliares. |
1173. Procedimientos de mecanizado y soldadura en buques y embarcaciones | UC1892_2. Mantener y reparar los equipos mecánicos del parque de pesca actuando según las normas de seguridad y emergencia. UC1950_2. Realizar operaciones de mantenimiento de equipos y elementos inherentes a la situación del buque en seco. |
1174. Regulación y mantenimiento de automatismos en buques y embarcaciones | UC1951_2. Manejar y mantener en el buque los sistemas automáticos de control. |
1175. Mantenimiento de las instalaciones y máquinas eléctricas en buques y embarcaciones | UC1831_2. Mantener e instalar los sistemas de generación y acumulación de energía eléctrica, y los motores eléctricos de embarcaciones deportivas y de recreo. UC1832_2. Mantener e instalar los sistemas de distribución y los circuitos de corriente eléctrica de embarcaciones deportivas y de recreo. UC1952_2. Manejar y mantener las instalaciones eléctricas del buque. |
1176. Instalación y mantenimiento de maquinaria de frío y climatización en buques y embarcaciones | UC1837_2. Mantener e instalar los sistemas de frío y climatización de embarcaciones deportivas y de recreo. UC1890_2. Efectuar los trabajos de limpieza y preparación de la maquinaria del parque de pesca. UC1953_2. Manejar y mantener las instalaciones y equipos frigoríficos y de climatización del buque. |
1032. Seguridad marítima 1033. Atención sanitaria a bordo | UC1954_2. Organizar y realizar las operaciones de carga, estiba y maniobra del buque. (UC1945) |
0156. Inglés | UC0808_2. Comunicarse en inglés a nivel de usuario independiente, en el ámbito del mantenimiento naval, seguridad, supervivencia y asistencia sanitaria a bordo. |
Normativa
- Corrección de erratas del Real Decreto 725/1994, de 22 de abril, por el que se establece el título de Técnico en Operación, Control y Mantenimiento de Máquinas e Instalaciones del Buque y las correspondientes enseñanzas mínimas (Boletín Oficial del Estado, núm. 264 de 4 de noviembre de 1994).
- Real Decreto 725/1994, de 22 de abril, por el que se establece el título de Técnico en Operación, Control y Mantenimiento de Máquinas e Instalaciones del Buque y las correspondientes enseñanzas mínimas [Disposición derogada] (Boletín Oficial del Estado, núm. 150 de 24 de junio de 1994).
- Real Decreto 748/1994, de 22 de abril, por el que se establece el currículo del ciclo formativo de grado medio correspondiente al título de Técnico en Operación, Control y Mantenimiento de Máquinas e Instalaciones del Buque [Disposición derogada] (Boletín Oficial del Estado, núm. 153 de 28 de junio de 1994).
- Decreto 23/1996, de 23 de enero, por el que se establecen las enseñanzas correspondientes al título de Formación Profesional de Técnico en Operación, Control y Mantenimiento de Máquinas e Instalaciones del Buque en la Comunidad Autónoma de Andalucía (Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, núm. 58 de 18 de mayo de 1996).
- Decreto 42/2004, de 7 de mayo, por el cual se establece el currículum del ciclo formativo de grado medio correspondiente al título de técnico en Operación, control y mantenimiento de máquinas e instalaciones del buque (Boletín Oficial de les Illes Balears, núm. 69 de 18 de Mayo de 2004).