Competencia general
Realizar intervenciones hasta una presión máxima de 4 atmósferas, bajo supervisión del jefe de equipo, para mantener instalaciones acuícolas sumergidas y poblaciones objeto de cultivo, así como recolectar recursos subacuáticos (algas, equinodermos, poliquetos, moluscos, crustáceos), aplicando las medidas de seguridad, prevención de riesgos laborales y de protección de recursos.
Identificación
Identificación del certificado
Código: MAPB0112
Cualificación asociada: MAP401_1 » Actividades subacuáticas para instalaciones acuícolas y recolección de recursos.
Unidades de competencia que comprende esta cualificación
- UC1299_1 » Realizar intervenciones hiperbáricas hasta una presión máxima de 4 atmósferas.
- UC1300_1 » Mantener las poblaciones e instalaciones acuícolas sumergidas.
- UC1301_1 » Recolectar recursos subacuáticos de forma responsable.
Entorno profesional
Ámbito profesional
Desarrolla su actividad profesional, ya sea por cuenta propia o ajena, en departamentos de producción, de medianas y pequeñas empresas de acuicultura, así como en acuarios, cofradías y asociaciones de productores, y en aquellas otras que realicen trabajos submarinos hasta treinta metros de profundidad. Depende funcional y jerárquicamente de un superior. Su actividad profesional está sometida a regulación por la Administración competente.
Sectores productivos
Empresas de buceo profesional
Se ubica en el sector marítimo pesquero y, concretamente, en aquellas actividades productivas en que se efectúe la recolección de recursos subacuáticos y se realicen trabajos de buceo a pequeña profundidad: Empresas de acuicultura
Cofradías, asociaciones de productores, cooperativas e industrias pesqueras
Acuarios
Centros de investigación con instalaciones acuícolas
Ocupaciones
Ocupaciones
- Buceador de apoyo
- Buceador de baja profundidad
- Buceador recolector
- Buceador en acuicultura
- Buceador en acuarios
Normativa
Normativa de referencia
- Real Decreto 1179/2008, de 11 de julio, por el que se complementa el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales, mediante el establecimiento de diecisiete cualificaciones profesionales de nivel 1, correspondientes a determinadas familias profesionales (Boletín Oficial del Estado, núm. 180 de 26 de julio de 2008).